Guía del registro de viajeros
Qué cambió el 2 de diciembre de 2024
El 2 de diciembre de 2024 terminó el periodo de adaptación a SES.HOSPEDAJES. Desde ese día, comunicar los partes de viajeros por ese sistema dejó de ser algo que se iba aplazando. Esto es lo que cambió para un alojamiento y lo que sigue igual.
La respuesta corta
El Real Decreto 933/2021 fijaba las comunicaciones a partir del 2 de enero de 2023, pero se aplazaron. Según la patronal hotelera CEHAT, la moratoria terminó el 2 de diciembre de 2024: desde entonces los alojamientos comunican sus partes por SES.HOSPEDAJES, salvo en Cataluña y el País Vasco.
El fin de la moratoria
La presentación de CEHAT (Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos) sobre el registro de viajeros (PDF subido a ashotel.es en diciembre de 2024) lo cuenta así: la obligación de comunicación, prevista para el 2 de enero de 2023, quedó «Aplazada hasta el 2 de diciembre de 2024». Durante la moratoria, según esa misma presentación, hubo un periodo transitorio para adaptarse a SES.HOSPEDAJES y no se iniciaron procedimientos sancionadores; ese periodo terminó el 2 de diciembre de 2024.
Es una fuente sectorial. La nota informativa del Ministerio que cita CEHAT no la tenemos descargada, así que no la citamos de forma literal.
En la recepción, el cambio se notó en tres cosas:
- El parte se manda por SES.HOSPEDAJES: a mano desde su web o con un programa conectado a su servicio web.
- Cada establecimiento tiene que estar dado de alta, con su código, antes de comunicar nada.
- El formulario pide más datos que el parte en papel de antes: correo o teléfono, parentesco de los menores, número de habitaciones y tipo de pago, entre otros.
Lo que decía el real decreto
El Real Decreto 933/2021 se publicó en el BOE el 27/10/2021 y entró en vigor el 27/04/2022. Su disposición final tercera dejaba las comunicaciones para más tarde: «las previsiones relativas a las obligaciones de comunicación producirán efectos a partir del 2 de enero de 2023». Esa es la fecha que se fue aplazando hasta el 2 de diciembre de 2024.
Lo que no cambió
Las obligaciones de fondo son las del real decreto y no se movieron con la moratoria:
- El plazo: la comunicación se hace de forma inmediata y en todo caso en un plazo no superior a 24 horas desde la entrada.
- La conservación: 3 años desde que termina la estancia.
- Cataluña y el País Vasco siguen con su propio sistema: Mossos d'Esquadra y Ertzaintza.
El texto del BOE
«El presente real decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante, las previsiones relativas a las obligaciones de comunicación producirán efectos a partir del 2 de enero de 2023.»
Real Decreto 933/2021, disposición final tercera.
Cómo encaja Pasenpasen
Pasenpasen nació para esto: que el parte salga por el servicio web de SES.HOSPEDAJES sin teclearlo en la sede. El huésped rellena su registro desde el móvil, recepción confirma la llegada y el parte sale; si a las 20 horas desde la entrada sigue sin aceptar, te llega un aviso.